miércoles, 10 de diciembre de 2008

230.000 EUROS DE MULTA A TELEFÓNICA POR HACER CONTRATOS DE MÓVILES A NIÑOS


Protección de Datos sanciona a la compañía con 230.000 euros por tres casos - La teleoperadora inscribió a los menores en el registro de morosos

El país. María R Sahuquillo - Madrid - 09/12/2008

Carolina, Javier y Rosa tienen menos de 14 años y ya han estado en el fichero de solvencia ASNEF, más conocido como el listado de morosos. Aparecer en él -algo que sucede cuando se dejan de pagar las facturas- puede suponer no conseguir una hipoteca para comprar un piso o no poder tener tarjetas de crédito. Los tres (con nombres supuestos) dejaron de pagar la factura de sus móviles. Ahora la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Telefónica Móviles, su compañía, por hacerles un contrato telefónico a pesar de ser menores, por incluir sus nombres en el registro de morosos y por usar sus datos de manera irregular. Son las primeras resoluciones de este tipo en España y condenan a la operadora a pagar dos multas de 70.000 euros y otra de 90.000 euros.

Carolina recibió un día una llamada de un comercial de Telefónica en su móvil prepago. Le ofrecía la posibilidad de pasarse a contrato. Las condiciones le parecieron bien y aceptó la oferta. A los 15 días solicitó la baja. Explicó que era menor de edad y que había sido "engañada". Sin embargo, no consiguió cancelar el contrato y al poco tiempo recibió la primera factura: 108,88 euros. Trató de ponerse en contacto con Telefónica Móviles. No lo logró. Tampoco pagó la factura. Dos meses después recibió una notificación de que había sido incluida en el registro de morosos.


Su caso es muy similar al de Javier que, según la resolución de la AEPD en la que aparece la reclamación de su padre, "sustrajo" un móvil de tarjeta prepago a su madre y aceptó una oferta de migración a contrato que le hizo un comercial por teléfono. Poco después sus padres, al ver la capacidad ilimitada de llamadas del teléfono sin necesidad recarga, le preguntaron. Éste les contó que había aceptado una oferta para cambiarse a contrato. Poco tiempo después a Javier le llegó una factura de 260,23 euros. Como no la pagó, recibió una carta en la que se le decía que su nombre había sido inscrito en el registro ASNEF.


La Ley de Protección de Datos dictamina que no se puede manejar datos de menores de 14 años sin el consentimiento de sus padres o tutores. Además, la resolución expone que "los menores no emancipados no pueden prestar el consentimiento para contratar, y por tanto sin este requisito no es válido el contrato y no es susceptible de generar obligaciones". Por tanto, según Protección de Datos, como los contratos hechos tanto a Carolina como a Javier son nulos, las deudas que adquirieron también lo son.


La inscripción de estos menores en el registro de morosos tampoco es válida, según la AEPD. La inclusión en este listado sólo puede hacerse cuando haya una "deuda cierta, vencida y exigible que haya resultado impagada". Según Protección de Datos, esa deuda no era "cierta" ya que los contratos no eran válidos.


"Este caso ejemplifica el riesgo de vulnerabilidad que tienen los menores en cuestión de protección de sus datos", dice el director de la AEPD, Artemi Rallo, que explica que las resoluciones tienen dos elementos clave: la prohibición de que un menor contrate un servicio sin el consentimiento paterno, y que "no cabe la obtención de datos personales de un menor de 14 años sin autorización de sus padres".


Sin embargo, Telefónica Móviles asegura en la resolución -que aún tiene posibilidad de recurso- que no sabía que los usuarios eran menores de edad. Y explica la política de empresa: "En ningún caso se podrá ofrecer a un menor de edad la migración a contrato. En el supuesto de que esté interesado se le indicará la posibilidad de realizarlo a nombre del padre o tutor". Pero a pesar de esto la empresa trató los datos de los afectados "sin realizar las comprobaciones necesarias en lo referente a su edad y sin requerir la autorización a sus representantes legales".
"La compañía tenía que haber obrado de manera más diligente y verificar todas las informaciones que le daban los usuarios", sostiene Rallo. "No pueden decir que son víctimas de una mentira por parte de los menores", concluye. Sin embargo, la teleoperadora sostiene en dos de los tres casos que los menores mintieron sobre su edad. Aseguran que tanto Carolina como Rosa dijeron tener 16 años.


Pero Rosa (al igual que la otra niña) tenía 13 años en el momento en que adquirió un contrato prepago. También llegó a deber 156,86 euros a Telefónica y fue incluida en el registro de morosos. Algo que su padre describe en un escrito recogido en la resolución como "materialmente imposible" sin su consentimiento. Pero no ocurrió. Nadie pidió a la menor el DNI para venderle el terminal, asociado a una cuenta con el BBVA. Algo que hoy es obligatorio.
De momento, las resoluciones de estos tres menores son únicas. Sin embargo, Ruben Sánchez, portavoz de la asociación de consumidores Facua sostiene que si se revisaran los contratos de las operadoras telefónicas aparecerían muchos más. "A estas empresas no les importa quiénes sean los titulares, sólo que paguen. Cada vez se dirigen más a un público infantil. Estos casos son un ejemplo de qué poco les importa la ley de protección de datos", sostiene. Por eso exige a la AEPD que inste a las teleoperadoras a que investiguen todos sus contratos para verificar cuántos corresponden a menores sin consentimiento paterno. Y de ser así, que los den de baja.
La ONG Protégeles, dedicada a velar por el buen uso de las nuevas tecnologías en los niños, reclama también que se haga esa verificación. "Actualmente no se cuida el cumplimiento de la ley de protección de datos, sobre todo de menores. No hay conciencia y muchas veces es por desconocimiento", critica Guillermo Cánovas, su presidente. Sin embargo, Cánovas contradice al portavoz de Facua, quien asegura que las compañías se dirigen cada vez más a captar menores, lo que se ha convertido en un nuevo "nicho de mercado a explotar". "Es más una cuestión de dejadez de las operadoras", asegura el presidente de Protégeles.


Pero esa mala utilización de la información personal es frecuente. Y es que, para Rallo, "estas empresas hacen de la obtención de datos personales una actividad principal. Algo muy preocupante en un público objetivo al alza como son los menores", sostiene Rallo. No va desencaminado. En 2004, el 45,7% de los niños españoles tenía móvil. Un porcentaje que en 2007 había crecido hasta el 65%, según la última encuesta sobre Equipamiento y Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación en los hogares del INE.

Consejos para un uso responsable del teléfono

- Consumo abusivo. El 25% de los menores que utiliza el teléfono móvil gasta más de 40 euros al mes, y un 18% gasta entre 20 y 40 euros, según un estudio de la asociación Protégeles. Las asociaciones de consumidores aconsejan a los padres que limiten el consumo que hacen sus hijos de teléfono.
- Control. Una forma de limitar ese consumo es, para los expertos, escoger la modalidad de contrato. Esto evita las posibles ofertas de migraciones y el uso que el menor hace del terminal. También permite poner un límite de consumo al mes, cerrar la navegación por la Red y la llamada a algunos números.
- Tonos, salvapantallas y juegos. Un mensaje para descargar estos contenidos puede costar más de un euro. Sin embargo, muchas veces para hacerlo se necesita mandar más de uno. Las asociaciones de consumidores aconsejan a los padres que limiten el envío de estos mensajes, cada vez más utilizados por el público infantil.

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Multa/Telefonica/hacer/contratos/moviles/ninos/elpepisoc/20081209elpepisoc_2/Tes

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